¿A qué ayudas puedo acceder para la escolarización 0-3 años?

/ mayo 29, 2023/ No te lo pierdas...

En la actualidad en Castilla-La Mancha están vigentes varias líneas de ayuda para favorecer el acceso de todas las familias a una educación de calidad en el Primer Ciclo de Educación Infantil. Te explicamos a continuación las distintas opciones.

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

Si estás dada de alta en la Seguridad Social, durante los 3 primeros años siguientes al nacimiento o adopción de un hijo podrás deducir en el IRPF hasta 1.200 euros al año. Son beneficiarias de esta ayuda madres que estén trabajando y también aquellas que estén recibiendo una prestación por desempleo, las que trabajen a tiempo parcial o temporal y las que hayan cotizado un mínimo de 30 días a partir del nacimiento.

La deducción es de 100 euros por mes trabajado, computándose desde el mes de nacimiento/adopción hasta el mes anterior al transcurso de los 3 años. La deducción por maternidad también puede cobrarse de forma anticipada, de tal forma que se percibirían 100 euros al mes. Las cantidades que no hayan sido cobradas anticipadamente se podrán aplicar en la declaración de la renta. Para solicitar el abono anticipado es necesario presentar el modelo 140.

DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERÍA

Existe una deducción adicional para las madres que incurran en gastos (no subvencionados) de guardería o de centros de educación infantil autorizados por hijos menores de 3 años. Incluye los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación. Se pueden percibir hasta un total de 1.000 euros anuales. Si el menor cumple los 3 años antes de iniciar el segundo ciclo de educación infantil, la deducción será aplicable hasta el mes anterior al inicio de este.
La Agencia Tributaria ha aprobado el modelo 233 como declaración informativa sobre dichos gastos, que ha de ser presentado por el centro. El centro entrega a la familia un certificado de haber presentado dicha declaración.

RETRIBUCIÓN FLEXIBLE – CHEQUES DE EMPRESA PARA GUARDERÍA

El cheque guardería consiste, básicamente, en el pago de la guardería por parte de la empresa. En algunos casos puede ser una retribución a mayores, pero habitualmente la cantidad abonada por la empresa se le descuenta al trabajador de su salario bruto. Los cheques guardería están exentos del IRPF, así pues la retención del IRPF se aplica sobre el salario tras haber restado los importes destinados a guardería. Esto puede suponer un ahorro fiscal equivalente al pago de 3 meses de guardería. Además, la cotización a la Seguridad Social no se ve afectada. Por lo tanto, es recomendable consultar si nuestra empresa dispone de este sistema de retribución.